Cuenta de Gastos Flexible de atención a dependientes
La información incluida en este sitio es general y puede ser modificada o actualizada sin aviso. Para obtener información impositiva individualizada, por favor consulte con su asesor impositivo. En caso de conflicto entre los documentos de su plan y esta información, prevalecerán los documentos del plan. Por favor, para obtener más información sobre la cobertura de sus beneficios, consulte la descripción resumida de su plan. (Rev. 11/03)
Incluye el cuidado de su cónyuge o dependiente cuya incapacidad física o mental no le permite cuidarse a sí mismo y a quien usted declara como dependiente en los impuestos sobre sus ingresos.
Centros de atención para Adultos
Atención brindada a un dependiente calificado fuera de su hogar en un centro de atención diurna.
Clínica de reposo
Este no es un gasto elegible. El dependiente calificado debe residir en el hogar del miembro por lo menos 8 horas diarias. (IRS Pub. 503).
Atención domiciliaria
Atención diurna brindada a un dependiente calificado que reside en su hogar por lo menos 8 horas diarias.
Au Pair
Gasto
Cubierto
No Cubierto
Explicación
Au Pair
El salario y los impuestos pagados a un Au Pair por cuidados continuos de un dependiente calificado constituyen gastos elegibles
Los bienes durables para el uso del Au Pair (por ejemplo muebles, etcétera) no constituyen gastos elegibles.
Honorarios de agencia
Los honorarios de agencia relacionados con la búsqueda de un au pair constituyen gastos elegibles.
Seguro médico y gastos médicos
Los gastos médicos o tarifas pagadas para proporcionar cobertura médica a un Au Pair no son elegibles.
Gastos por viáticos
Los gastos por viáticos en los que incurre un Au Pair no constituyen gastos elegibles (esto incluye pasaje aéreo, de autobús, etcétera).
Campamento
Gasto
Cubierto
No Cubierto
Explicación
Actividades de campamento
Las tarifas de pago único por actividades no optativas requeridas para la participación en el campamento son gastos elegibles. Sin embargo, las actividades optativas facturadas por separado no son elegibles. El costo de la comida no es un gasto elegible a menos que forme parte de la instrucción y no sea separable.
Campamento de día
Las tarifas que se pagan por enviar a un niño o pariente calificado a un campamento de día, para permitir trabajar a los padres, es un gasto cubierto.
Depósitos
Los gastos relacionados con depósitos por fechas futuras de servicio para el dependiente no califican para el reembolso.
Las clases dadas a un niño o pariente calificado no son gastos de atención a dependientes elegibles (por ejemplo: tenis, natación, piano, karate, equitación, basquetbol, danzas). Se considera que este tipo de gasto es incurrido principalmente con fines educativos (la clase), y no como elemento de atención diurna para la persona calificada. Sin embargo, si las clases no se identifican ni se facturan separadamente de la factura correspondiente a la atención, son reembolsables.
Campamento nocturno
El campamento nocturno no se considera un gasto elegible. Sin embargo, el componente del gasto correspondiente a la atención diurna es elegible para el reembolso cuando se desglosa de la tarifa total del campamento.
Campamento deportivo
Usted puede incluir en sus gastos de atención a dependientes las tarifas por un campamento deportivo de verano si el propósito del campamento es proveer cuidados para el niño o el pariente calificado. Sin embargo, las tarifas individuales por clases deportivas no son reembolsables si están separadas de los costos de atención. Los campamentos deportivos nocturnos no están cubiertos. Sin embargo, el componente del gasto correspondiente a la atención diurna es elegible para el reembolso cuando se desglosa de la tarifa total del campamento.
Guardería de niños
Gasto
Cubierto
No Cubierto
Explicación
Guardería de niños
Los gastos de atención a dependientes deben corresponder al cuidado de niños o parientes calificados. (Ver IRS Pub. 503 Prueba de personas calificadas). Los gastos separados de alimentos, vestimenta, educación, entretenimiento, actividades, cuotas atrasadas, transporte o cuidados nocturnos no se consideran elegibles.
Tarifas de las agencias de colocación para el cuidado de niños
Los honorarios pagados a una agencia de colocación para procurar servicios de atención diurna no califican como gastos de atención a dependientes.
Padre con Custodia
El padre que no tiene la custodia de su hijo no puede considerar a éste persona calificada (es decir, no cumple con la definición de dependiente según el IRS). Sólo el padre o la madre con custodia puede reclamar gastos con una FSA de atención a dependientes (sin importar quién haya pagado esos gastos). Sin embargo, el padre o la madre que no tiene la custodia puede reclamar una exención por el hijo cuando él o ella presenta sus impuestos sobre los ingresos. Lo anterior se aplica si:
Uno o ambos padres tuvieron la custodia del niño por más de seis meses.
Uno o ambos padres proveyeron más de la mitad del sustento anual del niño.
Centros de atención diurna
Las tarifas relacionadas con la atención de un niño o pariente calificado fuera del hogar son elegibles para reembolso.
Atención diurna de emergencia (Proporcionada por el empleador)
La atención diurna de emergencia es un gasto elegible cuando la atención diurna en el domicilio es proporcionada por un empleador y el pago se deduce de la nómina.
Licencia familiar/personal
Es posible incluir dentro de los gastos de atención a dependientes las sumas pagadas para brindar cuidados a un niño o pariente calificado cuando usted toma licencia personal o familiar.
Viajes al campo
Es posible incluir en los gastos de atención a dependientes, las sumas pagadas por viajes al campo realizados por el proveedor de atención si el viaje al campo no es optativo. (Los viajes al campo optativos no son reembolsables.)
Enfermedad, despido o huelga
No es posible incluir en los gastos de atención a dependientes, las sumas pagadas a un proveedor de atención diurna cuando usted o su cónyuge están con licencia por enfermedad. Esta exclusión se aplica a enfermedades con una duración mayor a una semana. Los gastos incurridos debido a una enfermedad de uno a cinco días serán admisibles. No es posible obtener reembolsos por gastos de atención a dependientes realizados para un niño o pariente calificado si uno o ambos padres fueron despedidos o están en huelga. La exclusión se aplica hasta que la persona vuelve a trabajar o busca activamente otro empleo.
Atención domiciliaria
Las tarifas abonadas a un cuidador en su casa para atender a una persona calificada antes o después de la escuela son elegibles para reembolso. Una persona menor de 19 años que reside en su hogar o alguien que usted tiene declara como dependiente no puede considerarse un proveedor de atención diurna. Sin embargo, usted puede incluir en los gastos de atención a dependientes las sumas pagadas a un(a) cónyuge divorciado(a) que proporciona atención a una persona calificada. Los pagos a abuelos también constituyen gastos calificados.
Jardín de infancia
Si el costo de la educación en el jardín de infancia no puede separarse del aspecto de la atención del niño de ese programa, es posible que el costo completo no sea reembolsado.
Si el costo de la educación puede separarse del costo de la atención, el reembolso será asignado sólo al costo de atención del niño. El costo de los alimentos es un gasto no reembolsable, a menos que dicho costo sea un componente de la educación y no pueda separarse.
Preescolar
Es posible incluir en los gastos de atención a dependientes las sumas abonadas a un preescolar privado. (El IRS considera preescolar principalmente a la atención con una cantidad mínima de educación incluida).
Matrículas
Las matrículas relacionadas con la inscripción de un dependiente elegible en un programa de atención diurna serán cubiertas. Estas tarifas típicamente están relacionadas con la primera inscripción o la matrícula anual de los centros de atención diurna y por lo general comprenden los gastos administrativos.
Impuestos
Este es un gasto reembolsable para la atención a dependientes. Se refiere a los impuestos federales pagados sobre el salario de un cuidador de niños calificado (es decir, impuestos FICA/FUTA).
Transporte
El costo del transporte, ya sea para la persona calificada o para el cuidador, no es un gasto reembolsable.
Trabajo Voluntario
No es posible obtener reembolsos por gastos de atención a dependientes que se abonan a un cuidador diurno, cuando el empleado o el cónyuge trabaja como voluntario (sin recibir sueldo). No se considera que una persona reciba sueldo si realiza trabajos no remunerados o voluntarios por un salario nominal. (IRS Pub 503, p. 7)
Países extranjeros
Gasto
Cubierto
No Cubierto
Explicación
Países extranjeros
Los empleados a quienes se les paga en moneda estadounidense y declaran impuestos federales a los ingresos pueden utilizar el programa de atención a dependientes. Debido a que los proveedores de atención extranjeros no poseen número de seguro social (SSN) ni de identificación de contribuyente (TIN), el empleado debe proporcionar el nombre y la dirección del cuidador.
Los empleados a quienes se les paga en moneda extranjera y no presentan declaración de impuestos federales no pueden utilizar el programa FSA de atención a dependientes.